Aunque hay que extremar precauciones y poner mucha atención al volante, las multas forman parte de la vida de un conductor porque en algunas ocasiones puede haber un pequeño despiste. Si te han puesto una sanción, debes pagarla cuanto antes, porque si no lo haces puedes tener problemas.
El uso del teléfono móvil al volante, aparcar donde no se puede, conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas, o no tener la ITV en regla, son algunas de las infracciones más comunes en España. Pero sobrepasar el límite de velocidad es la multa más habitual en nuestro país, ya que está presente en 2 de cada 3 denuncias.
Los Mossos d’ esquadra parando un vehículo / Archivo
¿Cómo puedo pagar una multa de la DGT?
Tienes varias maneras para pagar una sanción impuesta por la Dirección General de Tráfico. Si saldas la multa 20 días naturales desde la notificación, tienes el descuento del 50% (pago voluntario). Si la pagas del día 21 al 45, tienes que dar el importe completo (sin descuento). Así es cómo puedes pagar una multa de la DGT:
- Pago online desde la sede de la DGT: En la página web de la DGT, tienes que seleccionar ‘Pagar multa’. Aquí introduces el número de expediente que viene en la notificación, y pagas con tarjeta de debido o crédito. Además no necesitas el certificado digital.
- Pago por teléfono (060): Debes llamar al 060, que es el número de atención de la DGT. Podrás pagar la multa con tarjeta siguiendo las instrucciones del operador o del sistema automático.
- Pago en entidades bancarias: También puedes saldar la multa en una oficina de un banco colaborador con la DGT, como puede ser el Santander, BBVA, Caixabank… Llevas la carta de la multa y la identificación del número de expediente. Cuando pagas la infracción, acuérdate de guardar el justificante.
- Pago en oficinas de Tráfico: En cualquier Jefatura de Tráfico, puedes pagar presencialmente la multa, pero tienes que tener cita previa. Para ello entra en la DGT y pide cita para pagar la sanción.
Guardia Civil parando a varios vehículos / Archivo
Esto es lo que pasa si no pagas una multa de tráfico
Como hemos dicho, si pagas la multa 20 días naturales desde la notificación, tienes el descuento del 50% (pago voluntario). Si la pagas del día 21 al 45, tienes que dar el importe completo (sin descuento). Pero si pasan de esos 45 días, se abre la vía ejecutiva. El conductor sancionado debe pagar la multa más un recargo del 5%.
Si con la vía ejecutiva y ese 5% de recargo sigues sin abonar la multa, la Agencia Estatal de la Administración Tributaria se hará cargo y te darán un nuevo plazo, pero con un recargo del 20%. Si con todo este procedimiento sigues sin abonar el dinero de la sanción más el recargo, el siguiente paso es un proceso de embargo de los bienes. Lo normal es que retiren el dinero de tu cuenta corriente, de la pensión o del salario, pero si no hay suficiente, se pasará al embargo de los inmuebles o propiedades que puedan cubrir la deuda.
No tendrás que ir a la cárcel, si la multa es administrativa (te llega a casa) y eres insolvente, pero seguirás acumulando esa deuda hasta que vuelvas a tener ingresos o algún bien para saldar la multa. Si la infracción es de carácter penal y delictivo, un juez puede dictaminar que puedas ingresar en prisión. Además durante todo este proceso, tendrás restricciones administrativas, es decir, no podrás realizar gestionas con la DGT, como renovar el carnet de conducir o transferir un vehículo.
El artículo 112 de la Ley de Seguridad Vial explica que las multas prescriben: las sanciones leves a los 3 meses y las graves y muy graves a los 6. Este periodo de tiempo es desde el momento en que cometiste la infracción hasta que te la notificaron.