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Cooperativa indemnizará a vecinos por daños en sus casas tras la rotura de un caño

El Juzgado de Competencia Múltiple de Corral de Bustos condenó a la Cooperativa de Provisión de Electricidad, Otros Servicios Públicos y Vivienda Ltda. de Camilo Aldao a indemnizar a dos vecinos de esa localidad, cuyas casas sufrieron graves daños por la rotura de un caño maestro de agua.

El siniestro generó el ingreso de un gran caudal a la vivienda ubicada frente al caño, provocando rajaduras, agrietamientos y desniveles en toda la estructura. La propiedad lindera también resultó afectada por el hundimiento del terreno.

Los vecinos damnificados iniciaron una demanda por daños y perjuicios. La cooperativa, si bien reconoció la rotura y su carácter de concesionaria exclusiva, intentó deslindarse argumentando que los problemas obedecían a la antigüedad y falta de mantenimiento de las viviendas, además de alegar que la acción estaba prescripta.

El juez Claudio Daniel Gómez rechazó esa postura. Señaló que el vínculo debía analizarse bajo el marco contractual, aplicando el plazo más favorable para los consumidores, que era de 10 años. Además, destacó que la cooperativa incumplió el deber de seguridad que pesa sobre los prestadores de servicios públicos domiciliarios.

“La seguridad es un derecho de los consumidores y usuarios que está a cargo de quienes desarrollan la prestación o la organizan bajo su control, porque no es razonable participar en los beneficios trasladando las pérdidas”, sostuvo el magistrado citando jurisprudencia de la Corte Suprema.

Una pericia técnica a cargo de un arquitecto determinó que el socavamiento fue consecuencia del ingreso masivo de agua al subsuelo desde la red, descartando otras causas como lluvias o filtraciones menores.

El juez ordenó a la cooperativa abonar el costo de las reparaciones y también una compensación por daño moral, al considerar que los actores sufrieron serias mortificaciones al ver su vivienda familiar prácticamente inhabitable.

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