InicioSociedadReforma laboral: las principales propuestas que presentaría el Gobierno

Reforma laboral: las principales propuestas que presentaría el Gobierno

País. En medio de versiones de todo tipo acerca de su contenido, la reforma laboral del Gobierno comenzó a generar polémica antes de tiempo: el proyecto aún se está revisando y no existe hoy una versión definitiva.
Así lo aclararon a Infobae fuentes del Consejo de Mayo, que ratificaron que la intención oficial es presentar a mediados de diciembre la iniciativa que el Poder Ejecutivo elevará al Congreso, sobre la base de las negociaciones iniciadas el 24 de junio entre funcionarios, gobernadores, legisladores, empresarios y la CGT.
Las propuestas laborales surgieron del ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, y del equipo de la ministra de Capital Humano, Sandra Petovello, encabezado por el secretario de Trabajo, Julio Cordero.
El dato saliente es que, al contrario de lo publicado en algunos medios, se mantendrá la indemnización por despido equivalente a un mes por año trabajado. En el Consejo destacaron que en el proyecto no figura un tope máximo, por lo que es falso que sea de 10 salarios. Tiene un tope la remuneración base para el cálculo, pero eso ya existe hoy. “Cero perjuicio al trabajador”, aseguraron.
Según se supo, el proyecto oficial mantiene la ultraactividad para las denominadas “cláusulas normativas” que son las que definen condiciones de trabajo. El resto, que son las cláusulas “obligacionales” (como aportes y compromisos de empleadores ante los sindicatos, por ejemplo) se caerían al vencimiento del convenio colectivo de trabajo.
El objetivo, dicen en el Consejo, es incentivar la actualización periódica de los convenios para adaptar los salarios y condiciones de trabajo a la realidad económica y tecnológica de cada sector.
Otro de los puntos confirmados de la iniciativa, que es considerado un aspecto central de la reforma, es que se priorizarán los acuerdos por empresa, de manera que los convenios de ámbito menor (empresa u regionales) se impondrán sobre los convenios de un ámbito mayor (los de actividad), al revés de lo que estipula hoy la ley.
Esa propuesta implica la pérdida del poder centralizado que mantienen los sindicatos desde hace largas décadas y empodera a las comisiones internas en las empresas al delegarles el poder de negociar y firmar los convenios.
También se incluirá en la iniciativa una vieja obsesión de Sturzenegger: la limitación de las cuotas solidarias, que son el recurso más eficaz para el financiamiento de los sindicatos a través de los descuentos compulsivos a todos los trabajadores de una actividad, sean o no afiliados, de una suma pactada con los empresarios dentro de los convenios colectivos de trabajo.
Para el Consejo, no se pueden imponer aportes o pagos a los no afiliados, salvo que lo acepten expresamente. Es la misma idea que el ministro de Desregulación incluyó en el DNU 70, que finalmente fue frenado por la Justicia.
La reforma laboral que impulsa el Gobierno, además, volverá a contemplar la reglamentación del derecho de huelga en numerosas actividades, tal como figuraba en el DNU 70 y luego en el decreto 340 (ambos suspendidos por la Justicia), al redefinir el listado de servicios esenciales y fijar mínimos de cobertura: 75% en servicios críticos y 50% en servicios trascendentales.
Tal como lo anticipó Cordero, la reforma laboral también contempla la incorporación del concepto de salarios dinámicos o variables, vinculados al mérito individual, la productividad o la situación económica de la empresa.
Para las fuentes del Consejo de Mayo, estos componentes retributivos, de carácter transitorio y variable, buscan alinear los salarios con los resultados y permitir ajustes sin comprometer los mínimos legales y convencionales obligatorios: dicen que así se incentiva la formalidad y la mejora de la productividad, sobre todo en las pymes.
En cuanto al régimen indemnizatorio, como se dijo, se mantiene la indemnización por despido equivalente a un mes por año trabajado, pero se profundizan alternativas voluntarias como fondos de cese laboral o seguros privados. En rigor, el fondo de cese laboral figura en la Ley Bases, que está vigente, pero ahora se acentúa en todo caso la posibilidad de que el empleador se asegure a su costo. Nunca se afecta al trabajador, aclararon.
Respecto de licencias y enfermedad, la reforma establece que, en casos de accidentes y enfermedades inculpables, el empleador deberá abonar prestaciones dinerarias no remunerativas, preservando los ingresos del trabajador, pero reduciendo los aportes patronales —excepto los destinados a la obra social— durante el período correspondiente. Este esquema, dijeron, protege el empleo en momentos de baja productividad y desincentiva las desvinculaciones innecesarias.
En materia de vacaciones, se habilita el fraccionamiento en períodos de al menos 7 días por acuerdo entre las partes. Esta flexibilidad facilita la planificación empresarial y respeta las preferencias del trabajador, algo que, creen en el Consejo, contribuye a un mejor clima laboral y a una organización productiva más eficiente.
La formación profesional, al mismo tiempo, adquiere un nuevo protagonismo en la reforma laboral del Gobierno con la incorporación de un capítulo dedicado a la capacitación y el desarrollo profesional continuo. El objetivo, resaltaron, es impulsar la actualización de competencias en línea con los cambios tecnológicos y organizacionales, incrementando la empleabilidad y la competitividad del capital humano argentino.

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